Bolivia: en la construcción del primer Estado Fascista y Racista de América Latina


Bolivia: en la construcción del primer Estado Fascista y Racista de América Latina


El proyecto de Constitución[1] aprobado, sin respetar la legalidad, por el Movimiento al Socialismo (MAS) --partido político del presidente boliviano Evo Morales Ayma-- en diciembre del 2007, es una bomba de tiempo. Bomba que de no ser desactivada, explotará desestabilizando toda la región, generando escenarios sin precedentes. Este documento es una alerta para el mundo.

Como todo proyecto hegemónico y totalitario, está recubierto por un sin fin de declaraciones rimbombantes, de supuestas ¨buenas intenciones¨ para con sus conciudadanos. A primera vista no se observa nada extraño. Sólo estudiando e interpretando en su totalidad el proyecto de Constitución se podrá develar el engaño, la letra chica que se encuentra en aquel funesto documento, que pretende someter a un pueblo para cercenar las libertades políticas, económicas y culturales. Busca centralizar todo el poder en el presidente, limitar el control y equilibrios de los poderes del Estado, ejercer un Capitalismo de Estado y la dominación de un grupo social sobre otro.

El MAS pretende hacer realidad este proyecto, enviando su reforma de Constitución a un referéndum a mediados del 2008, que de triunfar sería la instauración “democrática” del primer Estado Fascista y Racista en América Latina, como en su momento lo hizo Adolfo Hitler en la Europa de la Alemania Nazi, con las consecuencias ya conocidas por todos.

Para ello, dispone de recursos del Estado sin ningún control por la débil institucionalidad en que se encuentra el país. Sobre todo, tiene a disposición los petrodólares y petrocheques del presidente venezolano Hugo Chavez, que se distribuyen en el país y otras regiones de América Latina.

Construcción del Estado Racista

¿Cuál es la base del Estado Racista? Por un lado, es la constitucionalización del término “Indígenas Originarios Campesinos”[2], que no tiene sustento sociológico ni histórico, por ser un compuesto de tres palabras distintas en su significado léxico e interpretación política. Eso sí, con mucha connotación ideológica. Conceptos que pretenden estar por encima del principio universal de ciudadanía, otorgando más derechos a unos sobre otros, incluso dentro de su misma Constitución.

Para este proyecto de Constitución sólo son Naciones y Pueblos aquellos que descienden de habitantes “originarios” antes de la conquista española. La construcción de otras identidades societales en los procesos históricos de los últimos 500 años, como el mestizaje y la misma historia poscolonial, no tiene valor alguno. A este hecho se le ha dado el sustento ideológico-político-sociológico en la conformación de un Estado Plurinacional Comunitario[3], en la Constitución a refrendarse.

Bolivia está conformada territorialmente por 9 Departamentos, constituidos muchos de ellos antes del nacimiento de la república, con identidades culturales propias, con historias propias, distantes y distintas. Es un mosaico de multiculturalidad mestiza.

En Bolivia, actualmente existen poco más de 10 millones de habitantes, con 37 pueblos indígenas --si incorporamos a los afrobolivianos en esta categorización. La mediana estadística es de poco más de mil habitantes por pueblo indígena o etnia, que el proyecto político e ideológico del MAS pretende constituir en nación. (Ver cuadro 1).

Sólo existen dos pueblos indígenas numerosos en Bolivia: los Aymaras y Quechuas, provenientes del altiplano u Occidente (Departamentos de La Paz, Oruro, Potosí, Chuquisaca y Cochabamba). Estos dos pueblos representan el 91% de los indígenas del país. El restante 9% se encuentra en el Oriente y Sur de Bolivia, con casi 500 mil indígenas, que están distribuidos en 34 etnias oriundas de tierras bajas (Departamentos de Pando, Beni, Santa Cruz y Tarija, conocidos como la Media Luna).

Geográfica, histórica, económica y culturalmente existen dos Bolivias, cada una con identidad cultural propia. El Occidente y el Oriente, las tierras altas o altiplano y los llanos o las tierras bajas. En las tierras altas se conoce a la población en general como collas, gentilicio proveniente del Kollasuyo, parte geográfica del Imperio Inca; en tierras bajas se conoce a los habitantes como cambas, que en guaraní significa “muchacho, amigo”, mientras que en el Sur de Bolivia (Tarija) se conoce a sus habitantes como chapacos.

Sin embargo, el porcentaje de indígenas en Bolivia no está relacionado con un biotipo genético determinado, sino que es más bien una identificación con una cultura a la que se desea pertenecer.

“No hay datos serios que demuestren que Bolivia es mayoritariamente indígena y originaria. El único documento que respalda esta afirmación es el cuestionado Censo de Población y Vivienda realizado el 2001, que concluye: el 62% de los bolivianos se autoidentifica como indígena.

Este estudio no ofreció a los bolivianos la alternativa de autoidentificarse como mestizos, lo que sí hizo un estudio particular realizado cinco años más tarde, llegando a la conclusión de que el 64% de los bolivianos se declara mestizo.

En Auditoría de la Democracia, Informe Boliviano 2006, señala que el 64% de los bolivianos se declararon mestizos o cholos, 19% indígenas u originarios, 11% blancos y 0,55% negros. 4,28% respondió ninguno”.[4]

Prueba de ello es que el presidente de Bolivia es un mestizo o cholo (mezcla de indígena con criollo o descendiente europeo), pues apellida Morales, de origen español y Ayma de origen indígena.

Evo Morales Ayma se apropia en los procesos políticos del 2003 y la campaña electoral del 2005 recién del discurso indigenista y se cataloga por primera vez como Aymara. Lo anecdótico es que no habla el idioma de los indígenas Aymaras o Quechuas, de quienes dice provenir y representar.

Su lucha política en toda su trayectoria no fue la defensa de lo indígena sino de la hoja de coca y de los campesinos cocaleros del Chapare (Cochabamba), que fueron trabajadores desplazados de las minas de Potosí, después de la hiperinflación más grande de la historia del mundo sucedida en 1985, que ocasionó el fracaso del modelo de Capitalismo de Estado y sus empresas públicas deficitarias.

Otro ejemplo es el vicepresidente de la república, Álvaro García Linera, exguerrillero y exterrorista. Intelectual marxista e indigenista, ideólogo y miembro del Ejercito Guerrillero Tupac Katari de Bolivia, con rasgos blancoides y europeos, pero que adopta un carácter indentitario de indígena Aymara.

Hoy, genéticamente es imposible demostrar la pureza racial o étnica, la globalización ha creado un mundo mestizo.

Sin embargo, el proyecto de poder de Evo Morales y García Linera, utiliza el término indígena para sustentar ideológicamente e implementar un Estado de corte marxista estalinista, que sustituya la lucha de clases y el proletariado por las luchas de reivindicación étnicas, hablando de una “clase social oprimida” por la conquista española y la democracia liberal.

Indígenas y campesinos, los dos originarios, con un mismo valor semántico en el proyecto de Constitución del MAS, que deben reconstituir los usos y costumbres como expresión de libertades colectivas y no individuales, para la implementación de un derecho y una economía comunaria o comunitarista. Sobre todo, se busca la toma del poder territorial a través de las comunidades indígenas campesinas[5], quedando relegados a las áreas urbanas los mestizos o indígenas culturalmente absorbidos por la cultura occidental. Es decir, que se crearán constitucionalmente una especie de “ghettos políticos” donde estarán los mestizos, con una legislación y tribunales de justicia, con jurisdicción distinta[6], derechos distintos y economía distinta a los indígenas originarios campesinos.

De tal manera, se creará en Bolivia la categorización de ciudadanos de primera y segunda. El mestizaje, que es la esencia de América Latina, quedará reducido al área urbana, por ingresos o actividad económica, por el color de piel blanquiza o la descendencia europea del apellido, si es que no se asume la autoidentificación simbólica de indígena originario campesino.

El ser indígena será un mecanismo de acenso social y económico, en contraposición al pasado colonial, que daba esos privilegios al criollo (blanco) o mestizo, en la interpretación del indigenismo propiciada por García Linera. Es una especie de revanchismo cultural y económico frente al mestizo opresor y el “Estado Colonial y Caudillista”.[7]

Ideológicamente, el proyecto de Constitución ha elaborado un concepto que sustituye la lucha de clases marxista por la lucha de razas y culturas étnicas, que habrían sido “oprimidos y expropiados” de los excedentes económicos por 500 años, inclusive en la era republicana, continuación de la colonización y explotación del indígena.

Esta definición étnica es creada y moldeada para conseguir la hegemonía del poder, fusionando la connotación de originarios y campesinos, para constituir en Bolivia una identidad simbólica de identificación de clase y partidaria/política, que recaerá en el MAS y Evo Morales Ayma.

Quienes sean indígenas, campesinos y originarios anteriores a la colonia española, aprovecharán de los tres significados mediante los intereses o beneficios que el Estado Plurinacional les pueda dar individual o grupalmente.

Por otro lado, con esto se pretende monopolizar y monopartidizar el sistema político, lo que se explicará a continuación.

Estructuración corporativa del Estado Fascista

La construcción del Estado Fascista se llevará a cabo rompiendo el principio universal de un hombre un voto[8], donde los indígenas originarios campesinos tendrán una representación corporativa de manera directa, a través de sus usos y costumbres, con un 50% en el Congreso del Estado Plurinacional[9].

Además, tendrán representación directa en varias instituciones y/u órganos del Estado, como ser el Tribunal Constitucional, Tribunal Agroambiental y el Consejo Electoral Plurinacional[10].

Es decir, quienes sean considerados por el Estado Plurinacional como indígenas originarios campesinos tendrán dichos privilegios y gozarán de derechos especiales en la Constitución, como la representación directa.

Para conseguir la consolidación del Estado Corporativista Fascista, necesitan asegurar el territorio. Por eso es importante indigenizar Bolivia, independientemente del número de ciudadanos pertenecientes a una etnia. El objetivo es constituir Autonomías Indígenas con competencias más allá de las federales, regidas a través de sus usos y costumbres, que ocuparán más del 70% del territorio nacional.

Esto destruirá los límites territoriales de los Departamentos, construcción histórica de los pueblos mestizos desde la colonia y anteriores a la creación de la república, con identidades societales y culturas propias.

Con una agravante, el MAS pretende distribuir las tierras del Oriente aprovechándose del concepto indígena originario campesino para que los habitantes del Occidente, bajen a “conquistar” e instaurar un proceso de “neocolonización” y aculturización del Oriente, y así beneficiarse de las tierras y los recursos naturales de los indígenas y mestizos oriundos de esas regiones.

El territorio de las tierras bajas pretende ser el botín de guerra y la promesa política del MAS a sus militantes y simpatizantes. Violentando con esto la Declaración Universal de las Naciones Unidas de los Derechos de Pueblos Indígenas en su artículo 8 donde establece que: “…los pueblos y las personas indígenas tienen derecho a no sufrir la asimilación forzosa o la destrucción de su cultura… y los Estados establecerán mecanismos eficaces para prevenir todo acto que tenga por objeto o consecuencia enajenarles sus tierras, territorios o recursos; y toda forma de asimilación e integración forzosa a otras culturas o modos de vida que les sean impuestos por medidas legislativas, administrativas o de otro tipo.”

De tal manera, podrán consolidar una economía comunitaria o colectivista entre ellos. Las propiedades de las comunidades autónomas indígenas serán de economía y producción comunitarista. Consolidarán una propiedad indígena pública en contraposición de una privada en sus territorios.

Si bien el proyecto de Constitución establece la protección a la propiedad privada, no es menos cierto que plantea un Capitalismo de Estado y un estatismo centralizador y planificador de la economía, y que “…la forma de organización económica estatal comprende a las empresas y otras entidades económicas de propiedad estatal, que cumplirán los siguientes objetivos: administrar los servicios públicos, directamente o por medio público comunitarias; y producir directamente bienes y servicios.”[11]

Gradualmente se eliminará la propiedad privada, teniendo constitucionalizados los mecanismos para que el Estado pueda realizar constantemente una competencia desleal al sector privado.

Las dos Bolivias y las dos visiones

En lo que atañe a las regiones, en Bolivia llamadas Departamentos, surgen otros problemas, con dos realidades distintas:

a) el Occidente o altiplano, con 1/3 del territorio nacional, compuesto por 4 Departamentos (La Paz, Potosí, Oruro y Chuquisaca);
b) el Oriente o llano, con 2/3 del territorio nacional y con 4 Departamentos (Santa Cruz, Beni, Pando y Tarija).
Existe un nexo entre Oriente y Occidente que es el Departamento de Cochabamba o los valles.

La población está estructurada contrariamente a los territorios, es decir, poco menos de 2/3 se encuentra en el Occidente y poco más de 1/3 se encuentra en el Oriente.

La complejidad de mayorías y minorías y viceversa, como se ve, es latente y muy seria al definir las situaciones políticas, sociopolíticas, económicas y de distribución de poder en Bolivia.

Esta complejidad resalta más cuando los pobladores de tierras bajas o del Oriente de Bolivia, quienes han votado por las Autonomías Departamentales, construyeron histórica, sociológica y culturalmente sus identidades mestizas: el camba en el Oriente y el chapaco en el Sur de Bolivia.

El poder político y económico estuvo desde la creación de la república gravitando en el Occidente de Bolivia, primero en Chuquisaca y luego en la ciudad de La Paz.

La pobreza de Bolivia y de los indígenas, sobre todo del Occidente, ha sido responsabilidad del centralismo estatal y de la concentración de la toma de decisiones en el gobierno central representado por La Paz.

Desde la colonia, el Occidente de Bolivia no sólo marginó a los pueblos indígenas de tierras altas y los enclaustró en su pobreza, sino que también excluyó al Oriente y Sur.

Sin embargo, desde 1950 el poder económico ha gravitado poco a poco hacia el Oriente de Bolivia, donde se producen cerca de los 2/3 del PIB Nacional. Concretamente, Santa Cruz produce 1/3 del PIB Nacional, el 50% de los impuestos y aranceles aduaneros y poco más de la mitad de los alimentos de Bolivia. Todo esto gracias al trabajo, el esfuerzo y la visión liberal y emprendedora de su gente.

Hoy, el Oriente tiene los índices más bajos de pobreza y analfabetismo de Bolivia. Lo paradójico es que la millonaria cooperación internacional ha ido a los Departamentos más deprimidos del Occidente de Bolivia y a los indígenas de tierras altas. La élite burocrática de La Paz no ha logrado mejorar las condiciones de vida de los Aymaras y Quechuas.

Actualmente, quienes han detentado el poder económico y político desde la colonia hasta la era republicana, pretenden endilgar a los pobladores del Oriente de Bolivia la desdicha y la pobreza del Occidente del país.

El discurso contra el pueblo mestizo de Oriente, que Evo Morales exporta a la comunidad internacional, dice que los cambas son “separatistas, xenófobos, oligarcas y extranjeros que ha explotado a los indígenas de tierras altas”.

Frente a la pobreza imperante en el país, el Oriente planteó la descentralización y democratización del poder en Bolivia, por medio de las Autonomías Departamentales.

Para ello promovió una agenda y un pacto social de los bolivianos, en busca de la implementación de este nuevo modelo de Estado. Paralelamente, mientras se elegía al nuevo presidente de Bolivia, se eligió por primera vez en la historia a los prefectos o gobernadores de los Departamentos.

El resultado fue que Evo Morales ganó las elecciones presidenciales con una mayoría absoluta, que representa geográficamente a su electorado: el Occidente del país; mientras que los prefectos o gobernadores de la Media Luna también fueron elegidos con amplia mayoría, sin ser del partido de gobierno.

Mediante un acuerdo político entre el Occidente representado por el MAS y el Oriente representado por sus prefectos, se convocó a un referéndum nacional preguntando a los Departamentos si querían ser autónomos.

Cuatro de nueve departamentos se expresaron votando por el Sí: Beni, Pando, Santa Cruz y Tarija.

El MAS y Evo Morales hicieron campaña por el No a las Autonomías, ya que el proyecto democrático del Oriente va en contra de su proyecto ideológico y visión estatista y centralista. El resultado: las Autonomías perdieron en los reductos electorales de Evo Morales, en el Occidente de Bolivia.
Todo esto lo hizo a pesar de haberse comprometido, después de las elecciones presidenciales, a hacer campaña por el SI, junto con los prefectos, en una reunión con la institucionalidad cruceña, incluidos las organizaciones indígenas del Departamento.

Sin embargo, el MAS y Evo Morales, que hicieron campaña por el No a las Autonomías Departamentales, hoy promueven la implementación de las Autonomías Indígenas Originarias Campesinas y Regionales, sobrepasando los límites territoriales de los Departamentos. Para eso, el proyecto de nueva Constitución ha creado cuatro niveles intermedios de gobierno de igual jerarquía: las Autonomías Indígenas Originarias Campesinas, las Autonomías Regionales (unión de municipios, provincias y departamentos) y las Autonomías Departamentales, que no tienen relación con la pregunta del Referéndum, expresada por el soberano a través del voto popular

Obviamente, las Autonomías Indígenas Originarias Campesinas y las Regionales tienen mayores competencias, inclusive de las que fueron solicitadas en el referéndum por los Departamentos donde ganó el Sí. Las Autonomías Indígenas tendrán justicia propia y tuición soberana sobre los recursos naturales renovables y no renovables, y representación corporativa en el Estado Plurinacional Comunitario.

El objetivo de la implementación de las Autonomías Indígenas Originarias Campesinas es la destrucción de los Departamentos, su historia, sus símbolos y culturas, para ser sustituidas por las del nuevo Estado Plurinacional Comunitario, que será dominado corporativamente por el MAS.

Es la construcción “democrática” del primer Estado Fascista y Racista en América Latina.

Hoy, la política y la visión de país está fracturada en dos: Oriente y Occidente. Bolivia está polarizada ideológica, política y electoralmente, con dos regiones, dos visones, dos rumbos distintos y distantes.

Los resultados de los escenarios descritos y el entuerto político en que se encuentran los bolivianos, podrán ocasionar luchas intestinas por el restablecimiento del Estado de Derecho y las libertades individuales y políticas, con riesgos funestos de aprobarse este proyecto de Constitución.

Es mi deber como Diputado Nacional alertar a la comunidad internacional, generadores de opinión, centros de estudios y medios de comunicación de lo que podría suceder en Bolivia.
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Cuadro 1
2006: Fuente y elaboración: http://www.amazonia.bo/
EX - MINISTERIOS DE ASUNTOS INDIGENAS Y PUEBLOS ORIGINARIOS (MAIPO)

*Diputado por el Departamento de Santa Cruz, opositor al régimen de Evo Morales, con sus 29 años se constituye en el más joven de la Cámara de Diputados. Es de tendencia política de derecha y liberal. Abogado de profesión y Magíster en Derecho, Economía y Políticas Públicas. Web: http://warrazola.blogspot.com/
Correo: warrazola@gmail.com

[1]http://abi.bo/coyuntura/asamblea/nueva_cpe_aprobada_en_grande_en_detalle_y_en_revision.pdf

[2] Artículo 2
Dada la existencia precolonial de las naciones y pueblos indígena originario campesinos y su dominio ancestral sobre sus territorios, se garantiza su libre determinación en el marco de la unidad del Estado, que consiste en su derecho a la autonomía, al autogobierno, a su cultura, al reconocimiento de sus instituciones y a la consolidación de sus entidades territoriales, conforme a esta Constitución y la ley.
Artículo 30
I. Es nación y pueblo indígena originario campesino toda la colectividad humana que comparta identidad cultural, idioma, tradición histórica, instituciones, territorialidad y cosmovisión, cuya existencia es anterior a la invasión colonial española.

[3] Artículo 1
Bolivia se constituye en un Estado Unitario Social de Derecho Plurinacional Comunitario, libre, independiente, soberano, democrático, intercultural, descentralizado y con autonomías. Bolivia se funda en la pluralidad y el pluralismo político, económico, jurídico, cultural y lingüístico, dentro del proceso integrador del país.

[4] Seligson, Mitchel y otros. Auditoria de la Democracia, Informe 2006. http://sitemason.vanderbilt.edu/files/jFo6U8/Bolivia_Audtoria_de_la_Democracia__2006_v14d.pdf
http://www.la-razon.com/Versiones/20070701_005954/nota_276_447333.htm

[5] Artículo 290
La autonomía indígena originaria campesina es la expresión del derecho al autogobierno como ejercicio de la autodeterminación de las naciones y los pueblos indígena originarios, y las comunidades campesinas, cuya población comparte territorio, cultura, historia, lenguas, y organización o instituciones jurídicas, políticas, sociales y económicas propias.
Artículo 291
I. La conformación de entidades territoriales indígena originario campesinas autónomas se basa en la consolidación de sus territorios ancestrales, y en la voluntad de su población, expresada en consulta, conforme a sus normas y procedimientos propios, de acuerdo a la Constitución y a la ley.
II. El autogobierno de las autonomías indígenas originario campesinas se ejercerá de acuerdo a sus normas, instituciones, autoridades y procedimientos, conforme a las atribuciones y competencias propias, en armonía con la Constitución y la ley.
Artículo 292
Son entidades territoriales indígena originario campesinas autónomas los territorios indígena originario campesinos, los municipios indígena originario campesinos, y las regiones territoriales indígena originario campesinas.
Artículo 297
El gobierno de los territorios indígena originario campesinos se ejercerá a través de sus propias normas y formas de organización, con la denominación que corresponda a cada pueblo, nación o comunida

[6] Artículo 191
I. Las naciones y pueblos indígena originario campesinos ejercerán sus funciones jurisdiccionales y de competencia a través de sus autoridades, y aplicarán sus principios, valores culturales, normas y procedimientos propios.
Artículo 192
La jurisdicción indígena originario campesina conocerá todo tipo de relaciones jurídicas, así como actos y hechos que vulneren bienes jurídicos realizados dentro del ámbito territorial indígena originario campesino. La jurisdicción indígena originario campesina decidirá en forma definitiva. Sus decisiones no podrán ser revisadas por la jurisdicción ordinaria ni por la agroambiental y ejecutará sus resoluciones en forma directa.

[7] García Linera, Alvaro. Estado Multinacional. Ed. Malatesta, 2005. La Paz-Bolivia. Pag. 13. “de facto se estableció una etnificación de la explotación, con tres procesos interconectados. La conquista, que delimita los dominantes y dominados como un hecho resultante de la confrontación de fuerzas de aparatos políticos estatales. En segundo lugar la colonia, que delimita los espacios de la división del trabajo y de los poderes culturales, administrativos y económicos, a partir de una identificación geográfica, cultural, somática y racial del colonizado. Y por, último, la legitimación y naturalización del orden de dominación a partir de esta jerarquización culturalista, espacial y racial de orden social.”

[8] Artículo 11
II. La democracia se ejerce de las siguientes formas, que serán desarrolladas por la ley:
3. Comunitaria, por medio de la elección, designación o nominación de autoridades y representantes por normas y procedimientos propios de las naciones y pueblos indígena originario campesinos, entre otros.
Artículo 26
II. El derecho a la participación comprende:
4. La elección, designación y nominación directa de los representantes de las naciones y pueblos indígena originario campesinos, de acuerdo con sus normas y procedimientos propios.
Artículo 149
I. En la elección de asambleístas se garantizará la participación proporcional de las naciones y pueblos indígena originario campesinos.
II. La ley determinará las circunscripciones especiales indígena originario campesinas, donde no deberán ser considerados como criterios condicionales la densidad poblacional, los límites departamentales ni la continuidad geográfica.
Artículo 212
Las naciones y pueblos indígena originario campesinos podrán elegir a sus representantes políticos en las instancias que corresponda, de acuerdo con sus formas propias de elección.

[9] Artículo 149
I. En la elección de asambleístas se garantizará la participación proporcional de las naciones y pueblos indígena originario campesinos.
II. La ley determinará las circunscripciones especiales indígena originario campesinas, donde no deberán ser considerados como criterios condicionales la densidad poblacional, los límites departamentales ni la continuidad geográfica.
Artículo 206
II. El Consejo Electoral Plurinacional está compuesto por cinco miembros de los cuales al menos dos serán representantes de las naciones y pueblos indígena originario campesinos.
Artículo 212
Las naciones y pueblos indígena originario campesinos podrán elegir a sus representantes políticos en las instancias que corresponda, de acuerdo con sus formas propias de elección.

[10] Artículo 200
I. Para optar a la magistratura del Tribunal Constitucional Plurinacional se requerirá, además de los requisitos generales para el acceso al servicio público, haber cumplido treinta y cinco años. Los postulantes que provengan del sistema ordinario deberán poseer título de abogado y haber desempeñado con honestidad y ética funciones judiciales, profesión de abogado o cátedra universitaria durante ocho años y no contar con sanción de destitución del Control Administrativo Disciplinario de Justicia. Los postulantes que provengan del sistema indígena originario campesino deberán haber ejercido la calidad de autoridad originaria bajo su sistema de justicia.
Artículo 206
II. El Consejo Electoral Plurinacional está compuesto por cinco miembros de los cuales al menos dos serán representantes de las naciones y pueblos indígena originario campesinos.
Artículo 188
Para ser elegida Magistrada o elegido Magistrado del Tribunal Agroambiental serán necesarios los mismos requisitos que los miembros del Tribunal Supremo de Justicia, además de contar con especialidad en estas materias y haber ejercido con idoneidad, ética y honestidad la judicatura agraria, la profesión libre o la cátedra universitaria en el área, durante ocho años. En la preselección de las candidatas y los candidatos se garantizará la composición plural, considerando criterios de plurinacionalidad.

[11] Artículo 310
La forma de organización económica estatal comprende a las empresas y otras entidades económicas de propiedad estatal, que cumplirán los siguientes objetivos:
1. Administrar a nombre del pueblo boliviano los derechos propietarios de los recursos naturales y ejercer el control estratégico de las cadenas productivas y los procesos de industrialización de dichos recursos.
2. Administrar los servicios públicos, directamente o por medio de empresas público comunitarias.
3. Producir directamente bienes y servicios.
4. Promover la democracia económica y el logro de la soberanía alimentaria de la población.
5. Garantizar el control social sobre su organización y gestión, así como la participación de los trabajadores en la toma de decisiones y en los beneficios.

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